El Estado Liberal o Estado de Derecho hace referencia a
un conjunto de elementos que configuran un orden jurídico-político en el cual,
con el fin de garantizar los derechos de los ciudadanos, se somete la actuación
de los poderes públicos y de los ciudadanos a la Constitución y a la ley; se
dividen las funciones del Estado y se las encomienda a poderes separados, y por
último, se reconocen expresamente unos derechos y libertades de los ciudadanos
con plenas garantías jurídicas.
El Estado Liberal nació como reacción al poder absoluto
del príncipe, para dar respuesta al interrogante quis custodiet custodes? El
concepto jurídico-político que sirve como antecedente inmediato del Estado
Liberal es el de Estado Patrimonial o Estado del Poder Absoluto que se
consolida durante la Edad Moderna en Europa Occidental (la sustantivación
“absolutismo” aparece recién en el siglo XVIII como consecuencia de la evolución
del constitucionalismo).
El Estado Absolutista es una forma de Estado en la que el
detentador del poder lo ejerce sin dependencia o control por parte de otras
instancias, superiores o inferiores. Ello no significa que no tenga límites –la
voluntad del monarca no es ilimitada y esto diferencia a esta forma de Estado
de la tiranía como régimen político y del despotismo césaro-papista.
La preocupación mayor del constitucionalismo liberal,
surgido a caballo entre los siglos XVII y XVIII, fue limitar la arbitrariedad
de ese poder y someterlo al Derecho. El Estado Liberal es un Estado
Constitucional en el sentido garantista del término, protector de los
ciudadanos frente a los abusos del poder. Ese fue el objetivo de los padres
fundadores del liberalismo, desde Locke a Madison y Hamilton, autores de los
Federalist Papers y desde Montesquieu a Benjamín Constant. Las ideas de Derecho
y Estado están estrechamente ligadas y sintetizan el proceso de estatalización
del Derecho y juridificación del Estado que acompaña la formación del Estado
moderno.
La noción de libertad, entendida como libertad individual
respecto del Estado, encuentra su punto de partida en el célebre discurso de
Benjamín Constant sobre “La Libertad de los antiguos comparada con la de los
modernos”. Se trata de la libertad de la que son manifestaciones concretas las
libertades civiles y la libertad política (no necesariamente extendida a todos
los ciudadanos). Los súbditos se transforman en ciudadanos provistos de
derechos y de voz en una organización política basada en la separación de
funciones de los órganos de poder y en el ejercicio de la autoridad sobre las
personas conforme a disposiciones conocidas y no retroactivas.
El parlamentarismo y los partidos de masa son elementos
constitutivos del Estado Liberal que se construyó en Occidente en el siglo XIX.
Estado mínimo en su dimensión, y por consiguiente, un Estado que “hace poco”,
no distribuye bienes, no se preocupa por el bienestar de los ciudadanos, la
normativa referida a su organización, ejercicio y límites de su poder, deja sin
respuesta al problema del abuso de la libertad por parte de los particulares y,
en consecuencia, plantea el problema de las desigualdades económicas que se
producen al instituir la igualdad formal ante la ley. La cuestión de fondo que
recogió el constitucionalismo social fue cómo imponer en Derecho la acción del
poder estatal, estando excluidas las intervenciones directas sobre la propiedad
y la economía.
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