Las leyes que componen el
sistema jurídico tienen que seguir un orden jerárquico. Tal orden comprende un
aspecto importante para la percepción de sus niveles de jerarquía.
La Constitución es un conjunto
de leyes fundamentales, elaborado con formalidades más o menos solemnes y que
define la organización política de un país, sancionado por el poder
constituyente mediante los procedimientos previstos en la ley suprema. Esta es
la ley suprema, por tanto son nulos de pleno derecho toda ley, decreto,
resolución, reglamento o actos contrarios a ella.
Continuando con este orden le
sigue la ley ordinaria, que es sancionada por el poder legislativo del estado
en la forma prevista por la Constitución. Es el conjunto de normas que regulan
parte del comportamiento de los humanos en sociedad, la cual debe estar en
consonancia con la Constitución.
Con relación a los Tratados
Internacionales, la Constitución establece en su artículo 26, párrafos I y II,
que ´´ La República Dominicana reconoce y aplica las normas del
Derecho Internacional general y Americano en la medida en que sus poderes
públicos las hayan adoptado, lo cual significa que las convenciones, tratados y
pactos internacionales previamente sancionados por el Poder Legislativo y
sancionado por el Poder Ejecutivo, constituyen normas obligatorias en todo el
territorio nacional.
De su
lado, los Decretos y Reglamentos constituyen también reglas que entran en el
cuerpo normativo de la nación. Son expedidos por el poder Ejecutivo. El Decreto
es el término genérico con el cual se designa todas las decisiones del jefe del
estado. El Reglamento tiene por objeto regular sobre materias no previstas en
la ley, o desarrollar las normas sentadas en una ley con el fin de facilitar su
aplicación, el cual emana de una autoridad que no es el Congreso, sino el
Presidente.
Actos
no es más que toda manifestación de una o más voluntades que tenga por
finalidad producir un efecto de derecho.
Mientras
que las Resoluciones es el termino genérico con el que se designa las
decisiones y medidas de publicidad y ejecución de las leyes, se hacen constar
por escrito y respetando una forma administrativa.
Y
finalmente las Decisiones es el resultado de una deliberación individual o
colectiva. (Resultado de la deliberación de un tribunal, luego del debate
judicial sustanciado ante él).
Siguiendo
los criterios expuestos, nuestro sistema jurídico según lo dispone la jerarquía
de la legislación dominicana se puede esquematizar de la siguiente manera:
a)
Constitución
b)
Tratados
Internacionales – aprobados
por el congreso.
c)
Las
Leyes Ordinarias
d)
Decretos
y Reglamentos
e)
Actos, Resoluciones y Decisiones.
en la jerarquizacion del sistema jerárquico del ordenamiento jurídico dominicanos en cual renglón entrarían las leyes orgánicas o procesales
ResponderEliminarEn el tercer renglon de las leyes ordinarias
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ResponderEliminarMejor dicho una Norma General Tributaria puede modificar un articulo de la Ley del Código Tributario ?
ResponderEliminarCuáles son la norma
ResponderEliminarGracias muy buena la información
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