La separación axiológica entre
el derecho y moral, puede identificarse con un postulado del liberalismo. Según
ella, el derecho y el estado no encarnan valores morales ni tienen el cometido
de afirmar, sostener o reforzarla (o una determinada) moral o cultura, sino
solo el de tutelar a los ciudadanos. Por eso, el estado no debe inmiscuirse en
la vida moral de las personas, defendiendo o prohibiendo estilos de morales de
vida, creencias ideológicas o religiosas, opciones o actitudes culturales. Su
único deber es garantizar la igualdad, la seguridad y los mínimos vitales. Y
puede hacerlo mediante la estipulación y la garantía de los derechos
fundamentales de todos en el pacto constitucional; a comenzar por los derechos
de libertad, que equivalen a otros tantos derechos a la propia identidad
cultural cualquiera que sea, homogénea o diferente, mayoritaria o minoritaria e
incluso liberal o antiliberal.
La separación de estados dos
cuestiones se funda en la radical diferencia existente entre ellas, es por esto
que dichas diferencias se exponen de la siguiente manera:
1. El
derecho regula conductas externas (aunque no todas) y la moral sólo regula las
conductas internas.
2. Las
normas morales implican la intencionalidad del sujeto y las normas jurídicas se
conforman con el comportamiento meramente externo.
3. Las
normas morales imponen solamente deberes, las normas jurídicas no sólo imponen
deberes, atribuyen derechos.
4. Las normas
morales solamente obligan aquellos que aceptan y reconocen su fuerza vinculante
y las normas jurídicas obligan con independencia total de la aceptación o
asentamiento de los destinatarios. Las normas morales tienen un carácter autónomo
y las jurídicas son de carácter heterónomo.
5. Las normas
morales no son exigibles por la fuerza y las normas jurídicas en cambio,
implican siempre la posibilidad de recurrir a la coacción para lograr su
cumplimiento. (coercibilidad y no-coerbilidad).
6. Las normas
morales son subjetivas y unilaterales y las normas jurídicas son objetivas y
bilaterales. En relación con los puntos 2 y 3.
7. El fin
que el Derecho se propone es conseguir el mantenimiento y adecuado desarrollo
de la vida social. En cambio, la moral tiene como misión la consecución de la perfección
o plenitud vital del individuo, responde a una necesidad psicológica.
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