Se trata de un procedimiento civil de tramitación todavía más breve que la del juicio sumario (v.) y es de aplicación cuando se reclama contra un acto u omisión de un particular que, en forma actual o inminente, lesione, restrinja, altere o amenace con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta algún derecho o garantía explícita reconocida por la Constitución nacional, siempre que fuere necesaria la reparación urgente del perjuicio oque la cesación inmediata de los efectos del acto y la cuestión, por su naturaleza, no deba sustanciarse por algún otro proceso establecido.
En la jurisdicción castrense, el que se tramita de manera aceleradísima, en un solo día, o poco más, para los casos de flagrante delito militar penado con muerte o privación perpetua de libertad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario