Páginas


viernes, 26 de julio de 2013

Derecho Penal y Las Escuelas penales.


Derecho Penal es el conjunto de principios y reglas jurídicas que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con motivo de las infracciones o para prevenirlas.

El derecho penal constituye uno de los medio de control social existentes en las sociedades actuales. Este tiende a evitar determinados comportamientos sociales que se reputan indeseables, acudiendo a ello a la amenaza de imposición  de distintas sanciones para el caso de que dichas conductas se realicen.

Las Escuelas penales

·       Escuela clásica: Esta fundaba la responsabilidad penal en el libre albedrío, esto es, en a libertad de decisión de la voluntad humana. El hombre es un ser inteligente y libre de escoger entre el bien y el mal, entre realizar la acción prohibida o respetar la prohibición. Se a pesar de esa libertad de que esta dotado, ha elegido el mal, ha perturbado libremente el orden jurídico es justo que se retribuya con otro mal, que se le castigue con una pena.

·  Escuelas antropológicas y sociológicas: Estas escuelas entienden que toda acción humana es el efecto de causas internas o externas que obran sobre nosotros, y contra las cuales cada individuo reacciona de una manera diferente, según su carácter particular. Tal acción no es por tanto, el producto de una voluntad libre.

El delito como toda acción humana, es un fenómeno de origen completo, tanto biológico, como físico social, según los grados y las modalidades, los que varían con las diversas circunstancias personales, reales, de tiempo y de lugar.

Escuela Positivista Italiana: La escuela positivista entendía que se debía de cambiar enteramente el sistema penal existente, modificando la aplicación de las penas según la categoría de los criminales y completando la lucha contra la criminalidad, mediante instituciones preventivas que tuviesen por finalidad evitar las ocasiones y las tentaciones a las cuales sucumbían algunos de esos delincuentes. Esta escuela entendía que no se debía hablar de culpabilidad ni de falta moral que castigar o hacer expiar, de penas o castigos, sino de sanciones, que no son sino medidas de seguridad y de defensa social.
Estimo que la voluntad humana no es libre, sino determinada, que la responsabilidad en consecuencia no es moral, sino jurídica, social o legal. La ley penal tiene su origen en la necesidad evidente de la vida asociada.

No hay comentarios:

Publicar un comentario