Páginas


sábado, 17 de noviembre de 2018

EL DERECHO LABORAL, DEFINICIÓN, OBJETO, HISTORIA Y SISTEMA DE FUENTE


Definición

El Dr. Rafael Albuerquerque, en su obra DERECHO DEL TRABAJO define a este como “el conjunto de normas jurídicas aplicables a las relaciones individuales y colectivas que surgen entre  el empleador privado y los trabajadores con motivo del trabajo que éstos realizan bajo la autoridad de los primeros” (citando a JEAN RIVERO y JEAN SAVATIER en su obra Droit du Travail).

Objeto

El objeto del derecho de trabajo es proteger al trabajador humano, siempre que no sea una actividad libre y espontánea, que sea ejecutada por amistad, colaboración o benevolencia, entre esposos e hijos en asuntos del hogar, un deportista amateur, o el trabajo subordinado, prestado al Estado o sus instituciones autónomas, y a los municipios que no tiene carácter comercial ni industrial.

El fin supremo del derecho del trabajo es la justicia social, y tiene por misión el estudio de los problemas legales que tienen relación con la actividad laboral.

Su formación histórica

El trabajo es una condición esencial del hombre, una imperiosa necesidad humana, por lo que desde la más remota antigüedad el hombre ha trabajado. Pero el trabajo humano no siempre ha sido el mismo, cada época de la historia de la humanidad ha conocido una forma de trabajo predominante. Esto ha servido para clasificar la vida humana en varios periodos: La esclavitud, la servidumbre, el sistema corporativo y el asalariado.

Estos cuatro periodos son suficientes para formarse una idea clara y precisa de la evolución del trabajo humano, tomando en cuenta que la forma de trabajo prevaleciente en nuestros días y las normas jurídicas que regulan el trabajo en la actualidad son un producto de los tiempos modernos, de los modos de convivencia contemporáneos.

Dos momentos importantes se vislumbran en la formación histórica del Derecho de Trabajo:

  • La revolución industrial:

Este cambio consistió en la aparición de la máquina, que sustituye el trabajo realizado a mano. Y además fue sustituida la energía muscular por la generada por el vapor.

La revolución industrial creó una división onda entre los hombres. Los trabajadores no recibían grandes beneficios, y su participación se volvía mas escasa y rezagada con respecto a las maquinas.

Se recrudece la lucha de clases, el Estado que había permanecido como un simple espectador de este grave mal social se ve obligado a intervenir dictando las primeras leyes sociales y de trabajo. Nace de este modo el Derecho de Trabajo, que viene a llenar una laguna en las reglas periódicas preexistentes y a cumplir un papel vital en la vida moderna.

  • La revolución tecnológica:

Es la era de la Informática, de la computadora. Trae consigo la dependencia tecnológica, profundo cambio en el comportamiento humano, ahondando aún más las diferencias que existen entre los países pobres y los altamente industrializados.

Se precisa y vislumbra, el surgimiento de nuevas reglas, formulas y procedimiento, el desarrollo de un nuevo derecho laboral que desborda los limites tradicionales del derecho del trabajo.

Sistemas de fuentes

El estudio de las fuentes del derecho de trabajo consiste en buscar de donde provienen las reglas aplicables a las relaciones de trabajo.

En el derecho del trabajo es preciso estudiar las fuentes desde tres puntos de vista:
  • Fuentes estatales;
  • Fuentes Profesionales;
  • Fuentes internacionales;

Las Fuentes Estatales están clasificadas en:
  • Latu Sensu: la Constitución, el Código del Trabajo, Decretos y reglamentos, y las resoluciones de la Secretaría de Estado de Trabajo;
  • Derecho Jurisprudencial, que claramente son las jurisprudencias dictadas en los tribunales laborales.
Las Fuentes Profesionales están:
  • Reglas Bilaterales y Tripartitas: los Convenios colectivos de trabajos y la Concertación Social;
  • Fuentes Menores: Reglamentos internos, el uso y la costumbre.

Dentro de las Fuentes Internacionales tenemos:
  • Las normas de la OIT: convenios y recomendaciones,
  • Tratados Internacionales: Tratados bilaterales y multilaterales.

La jerarquía de las fuentes de derecho de trabajo tiene interés para los fines de aplicación de la norma jurídica. En este orden de ideas, la constitución y las leyes ocupan el primer lugar, seguida por el Pacto Colectivo, el Contrato Individual, los principios esenciales que forman la legislación de trabajo, el derecho común, las decisiones de los Tribunales, el uso y la costumbre, la equidad, la doctrina y declaraciones o recomendaciones de carácter nacional o internacional.

No hay comentarios:

Publicar un comentario