Páginas


lunes, 17 de septiembre de 2018

EL HOMICIDIO, CUESTIONES JURIDICAS


_______________________________________________________________________Definición. Elementos constitutivos. Diferentes clases de homicidios. El asesinato. El Parricidio. El Infanticidio. El envenenamiento. Crimen seguido de crimen. Sanciones.

Homicidio.

El artículo 295 del Código Penal, define el Homicidio de la siguiente manera: “El que voluntariamente mata a otro, se hace reo de homicidio”.

El homicidio puede ser intencional, voluntario; o no intencional, involuntario.

Elementos constitutivos

  • La preexistencia de una vida humana destruida.
  • Un elemento material,  un acto de naturaleza tal que pueda  producir la muerte de otro.
  • Un elemento moral, la intención.

Los dos primeros elementos son los elementos constitutivos del homicidio, pero el tercer elemento es el que identifica si el homicidio fue voluntario o involuntario.

Las sanciones aplicables a los casos de homicidio son de trabajos públicos, y la duración varia dependiendo de las circunstancias especiales de cada caso, o si existen agravantes o atenuantes en el mismo


Diferentes clases de homicidios

·         Homicidio intencional: cuando se comete a sabiendas y con intención, esto es, con conocimiento de lo que se hace y con animo de quitar la vida..

·         El homicidio involuntario: Tiene lugar cuando no hay intención de causar la muerte, produciéndose ésta, por torpeza, imprudencia, negligencia, o inobservancia de los reglamentos.

·         Homicidio accidental: No constituye delito, puesto que no se le puede imputar a quien lo causa, ninguna culpa ni falta. Es el que se comete por mero accidente o como resultado de una circunstancia fortuita o de fuerza mayor.

·         Homicidio por omisión: Tiene lugar cuando quienes teniendo una obligación no lo hacen, ocasionando dicha abstención intencional la muerte del individuo.

·         Homicidio eutanásico: Comprende dos casos: el caso de la eutanasia “por acción”, o eutanasia propiamente dicha, y el de la eutanasia por omisión.

El Asesinato.

Se califica de asesinato, el homicidio cometido con premeditación o asechanza, con empleo de torturas o de actos de barbarie.

En el asesinato existe una mayor intensidad del propósito criminal que en el homicidio, por los medios perjudiciales utilizados de un modo especial o por la inconfundible malicia y peligrosidad que se revela.  

Pena:
30 años

El Parricidio.

Es el homicidio intencional  contra los padres y madres legítimos, naturales o adoptivos, o de todo otro ascendiente legitimo, conociendo el autor ese parentesco.

Contiene los mismos elementos constitutivos del homicidio con la diferencia de las personas contra la que se ejerce dicho crimen son los mencionados anteriormente.

Penalidad:
El parricidio se sanciona con la pena de 30 años

El Infanticidio.

Consistente en el homicidio voluntario materializado en perjuicio de un recién nacido. Este también se sanciona con la pena de 30 años de reclusión mayor

El Envenenamiento.

Según los términos del artículo 301 del Código Penal, el envenenamiento es todo atentado contra la vida de una persona, cometido por medio de sustancias que pueden producir la muera con más o menos prontitud, sea cual fuere la manera de administrar o emplear esas sustancias, y cualesquiera que sean sus consecuencias. 

El envenenamiento se castiga con la pena máxima de 30 años.

Crimen seguido de Crimen

Cuando la comisión del homicidio lo preceda, acompañe o siga otro crimen, se castigará con la pena de treinta años de trabajos públicos.

Conforme el artículo 304 del Código Penal, el homicidio se agrava cuando ha sido precedido, acompañado o seguido de otro crimen. La circunstancia agravante exige dos condiciones esenciales: la primera es la de tiempo, es decir, los dos crímenes deben haber sido cometidos en un mismo espacio de tiempo; la segunda es que el otro hecho sea un crimen, sin importar su naturaleza.

La ley no exige ninguna correlación entro los dos crímenes, ni que uno haya tenido por objeto facilitar el otro, basta con que los dos crímenes sean simultáneos o concomitantes.  El mismo individuo debe ser el autor de los dos crímenes.

No hay comentarios:

Publicar un comentario