La
Defensa Técnica, constituye una actividad esencial del proceso penal y admite
dos modalidades: a) la defensa material que realiza el propio imputado ante el
interrogatorio de la autoridad policial o judicial; y, b) la defensa técnica
que está confiada a un abogado que asiste y asesora jurídicamente al imputado y
lo representa en todos los actos procesales no personales. Los pactos
internacionales también regulan la defensa oficial, como el “derecho
irrenunciable” del imputado a ser asistido gratuitamente por un defensor
proporcionado por el Estado, cuando no designare defensor.
sábado, 30 de marzo de 2013
miércoles, 27 de marzo de 2013
domingo, 24 de marzo de 2013
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